El Tribunal Supremo ratifica su postura de 2015, declarando usurarias las tarjetas revolving, en su Sentencia 149/2020, de 4 de marzo (ayer).
Este tipo de tarjetas son muy peligrosas pues, bajo la apariencia de ser créditos blandos, esconden unos intereses siempre superiores al 20% anual. En Pamplona y Navarra hemos detectado una incidencia enorme de este tipo de tarjetas, que se comercializan no sólo en bancos, sino también en centros comerciales.
La Ley de Represión de la Usura veta esta práctica desde 1908, como ya veíamos en nuestro blog.
El engaño se produce porque se da acceso fácil a la financiación y, al ofrecerla, se le habla al cliente de intereses «al 2% mensual». Lo que ocurre es que un 2% mensual equivale a un 24% anual (cuando un interés se calcula mensualmente hay que multiplicar por 12, ya que el año tiene 12 meses).
Si tienes una tarjeta de este tipo, no dudes en reclamar. La sanción supone que el banco debe devolver toda la cantidad que has pagado en concepto de intereses. Sólo deberás el capital, por lo que, en función de lo que lleves pagado, puede que incluso el banco deba devolverte el dinero a ti.