Como bien sabemos, de la Unión Europea emanan normas que afectan en nuestro día a día. No obstante, esta afirmación está muy manida, y realmente no acabamos sabiendo realmente cuán cierta es, y menos qué implicaciones tiene este hecho.
Pues bien, una parte importante de la normativa europea son las llamadas Directivas. Estas normas, emanadas del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, y que versan sobre asuntos de toda índole, sirven para homogeneizar el derecho de los diferentes Estados de la Unión Europea.
Las instituciones europeas conceden un tiempo prudencial a los Estados Miembros para trasponer estas Directivas, es decir, para adaptar esta norma europea al ordenamiento jurídico interno del país. Transcurrido este tiempo, el Estado Miembro que no haya traspuesto esta norma al ordenamiento jurídico de su país puede ser sancionado económicamente.
Es importante saber, además, que la ciudadanía tiene el derecho –al menos en teoría –de invocar los derechos que le otorga la Directiva, antes incluso de que sea traspuesta. Es decir, que un ciudadano que conozca la Directiva y quiera gozar de algún derecho que la misma le otorga, puede invocar dicho derecho ante los Tribunales de cualquier país, aunque dicho país (sea España u otro) no haya realizado su obligación de trasponer la norma.
No en vano, no puede ser que la desidia de un país concreto –que no cumple con su obligación de trasponer la Directiva –tenga como consecuencia el impedir a los ciudadanos de dicho país ejercitar sus derechos.
El germen de muchas reclamaciones de los consumidores son estas Directivas Europeas. Son estas normas las que se han ido invocando ante los Tribunales para conseguir hacer frente a, entre otros, los abusos bancarios que hemos conocido estos últimos años. De ahí la importancia de conocerlas y saber utilizarlas en nuestro beneficio como ciudadanos.