REFORMA CONSTITUCIÓN PROPUESTA POR PEDRO SANCHEZ

hoy vamos a explicar la reforma llamada vulgarmente exprés de la constitución,propuesta a mera consulta por el presidente del gobierno español esta reforma está regulada por el artículo 167 CE, lo primero que se debe saber es que para que empecemos analizar este artículo citado, se debe que para que se inicie la reforma de la constitución lo primero es decir el inicio debe ser con la aprobación del  Artículo 87.1.2 de la constitución que dice lo siguiente

En lo que La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado.

Las Asambleas de las Comunidades Autónomas (Parlamento) podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

 

Una vez registrada el proyecto o solicitud, la reforma del artículo 167 de la constitución marca los siguientes paramentos Artículo 167

 

Los proyectos de reforma constitucional deben ser aprobado por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. ¿Qué pasa si no hay acuerdo? Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

 

De no lograrse la aprobación mediante, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, en ese caso el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.

 

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras, por lo que este requisito no es de obligatorio cumplimiento.

 

A pesar de ser una reforma con menos requisitos que la del artículo 168 de la CE, es muy difícil que se lleve a cabo, al tener que votar a favor varios partidos políticos con diferentes ideologías, tanto en el congreso de los diputados en el senado.

 

 

 

 

 

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