Horas Extra: cómo reclamar

Abordamos la cuestión de las horas extraordinarias, que tantos quebraderos de cabeza causa a los trabajadores.

En primer lugar, hemos de saber que las horas extraordinarias son, por norma general, voluntarias. Es decir, que no nos pueden obligar, al menos teóricamente, a realizarlas. Exceptuamos casos de fuerza mayor; como, por ejemplo, una inundación en la empresa, por ejemplo, donde se nos pida colaborar en achicar agua.

No obstante, el problema que surge es, como en cualquier ámbito laboral, que no nos vemos con fuerza suficiente para rechazar realizar horas extra. En este caso, al menos, deberemos procurar que consten; puesto que nos podríamos encontrar con que, además de haberlas realizado, encima no se nos paguen. Y, a diferencia de otras cuestiones laborales, la carga de la prueba de la realización de las horas extras (con algunos matices) pesa sobre el trabajador.

De este modo, si por ejemplo nuestro trabajo es de oficina, un consejo útil sería enviar uno o más e-mails de trabajo, para tener una prueba fehaciente de que estamos trabajando. Otra idea, más «agresiva» quizás, pero muy útil, es grabar la conversación con el superior que nos obliga a realizar dichas horas. Siempre que intervengamos en dicha conversación (es decir, que te grabes a ti conversando con tu jefe, no a un compañero con su jefe y le pases dicha conversación), esa grabación es totalmente legal.

Conviene tener en cuenta, además, que tenemos un año de plazo para reclamar las horas extras desde que se realizan. Es decir, que si hasta el 20 de agosto de 2018 realizamos setenta horas extras, y el 10 de agosto de 2019 la empresa nos despide (o se extingue el contrato temporal, etc.), tendremos sólo diez días más de plazo para poder reclamar dichas horas.

Otro consejo adicional es no esperar a que la relación laboral esté extinguida para pensar cómo reclamamos estas horas, puesto que entonces -pese a quizá estar aún en plazo -muy probablemente no podamos obtener las pruebas que nos permitan acreditar la realización de esas horas. Siguiendo los ejemplos anteriores, ya no podremos grabar a nuestro superior ordenándonos realizar dichas horas, o no podremos mandar e-mails de trabajo.

Por último, y ya como aliciente para que no dudéis en reclamar estas horas, en muchos convenios colectivos no sólo la hora de extra ha de pagarse (o si acaso sustituir por horas de descanso), sino que normalmente es más cara que una hora normal. El trabajador, habitualmente, percibe más salario por una hora extra que por una hora normal. Aunque, ya decimos, habría que consultar el convenio de aplicación.

Si tenéis alguna otra duda o queréis detalles del procedimiento legal a seguir para reclamar el abono de estas horas extras, contactad con nosotros. Siguiendo estos consejos y con nuestra ayuda, podréis cobrar el salario impagado por este concepto.

 

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